Escribano Titular: |
Alonso, Antonio
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Notaría: |
1
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Nombramiento: |
Escribano público
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Volumen: |
8
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Lugar: |
México
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Legajo: |
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Año: |
1562
Mes:
08
Dia:
03
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Foliación 1: |
132/133v
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Otro Escribano: |
Foliación 2: |
(91/92)
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Asunto: |
Autos.
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Ficha: |
39.0
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Catalogación:
SDHN / 174
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Petición. Melchor de Velázquez, vecino, presentó requerimiento -mediante el licenciado Corral-, por el que requería a Juan de Aguilar, mayordomo del monasterio de la Madre de Dios de México, para que el dicho monasterio pague el diezmo de trigo que producen las tierras que les tiene arrendadas. Y dice que, por cuanto el año de 1560 Juan de Aguilar -en nombre de la abadesa y monjas de dicho monasterio- arrendó a Melchor de Velázquez ciertas tierras en los altos de Tacuba por 3 años corridos, para pagar, el primer año 280 pesos y los otros dos 300 pesos de oro común; y que en este arrendamiento se acordó que Melchor de Velázquez no pagaría diezmo por el producto de esas tierras, en los 3 años de arrendamiento. Y que el primer año las monjas pagaron el diezmo del trigo cosechado por Melchor de Velázquez, pero que ahora Juan de Vega -en nombre de Francisco González, diezmero-, pidió a Melchor de Velázquez -ante el provisor de la ciudad de México-, que pagara el diezmo del trigo cosechado en 1561, que suma 103 fanegas de trigo, a 14 tomines por cada fanega -porque el trigo ha valido y vale a 2 pesos y más por cada fanega-; lo cual deberá pagar dentro del tercero día para no ser excomulgado. Declarando que, si el convento no paga el diezmo, lo pagaría Melchor de Velázquez a cuenta del arrendamiento, del que serían descontados el diezmo y las costas, quedando el riesgo a cargo de Juan de Aguilar, como mayordomo del convento. FOL. 132v Notificación. Antonio Alonso requirió a Juan de Aguilar, mayordomo del monasterio de la Madre de Dios, para que dé respuesta al escrito anterior. Testigos: Sancho Flores, Francisco Basiniana y Francisco de Olmos, vecinos y estantes. FOL. 132v/133 México, 7 agosto 1562 Respuesta. Juan de Aguilar, mayordomo del monasterio de la Madre de Dios, responde al requerimiento de Melchor de Velázquez. Y dice que el monasterio no está obligado a pagar el diezmo, en especial habiendo cogido tanto trigo Melchor de Velázquez, que el valor de la décima parte es muy poco, menos de lo que monta el interés del dicho arrendamiento; y que Melchor Velázquez debiera usar de las tierras, conforme al uso y costumbre que en labrarlas y cultivarlas siempre se había tenido -antes que se le arrendasen-, sembrándolas año y vez y no enteramente como lo ha hecho, sin haber dejado descansar parte de ellas; y así, en tres años ha gozado y goza de seis, por lo cual ha de pagar y se le tiene metido pleito en la Real Audiencia. Y pidió que se junten el requerimiento y la respuesta. FOL. 133/133v 93/94) Petición. Juan de Aguilar pide se adjunten el requerimiento presentado por Melchor de Velázquez y la respuesta, sin que pueda ser leído el uno sin la otra. Testigos: Nicolás de Salamanca, Rodrigo Ramos y Nicolás de Morales, vecinos y estantes.
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